Gestión de Aguas

El secretario de Recursos Hídricos, Ing. Néstor Lastiri, junto al director de Políticas Hídricas, Ing. Sergio Rodríguez y la Dra. Natalia Cheli, asesora legal del organismo, asistieron a la convocatoria del taller para discutir y fijar los puntos a reglamentar de la ley nacional N° 25.688.
Lastiri informó que la jornada comenzó con la exposición de la Dra. Cristina del Campo, asesora letrada de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación, respecto al Art. 41 de la Constitución Nacional y los antecedentes de las leyes nacionales N° 25.675 (Ley General del Ambiente) y la N° 25.688 (Régimen de Gestión Ambiental de Aguas). «Se generó un intenso y rico debate en torno a algunos de los preceptos de la mencionada normativa, especialmente en relación a los presupuestos mínimos y los artículos 4°, 6° y 7° de la ley N° 25.688. Esta primera presentación sirvió como disparador para comenzar a delinear aquellos puntos que requieren de urgente reglamentación a juicio de los presentes», explicó el funcionario.
Luego, se continuó con la presentación de Lastiri, que expuso cuáles fueron los antecedentes de reglamentación de la Ley de Gestión de Aguas, los infructuosos intentos de modificación del texto vigente y los distintos requerimientos que ha realizado La Pampa en relación a la necesidad de un urgente tratamiento de la norma mencionada. Durante su alocución, el Ingeniero, hizo referencia a la jurisprudencia vinculada a su aplicación, haciendo especial hincapié en el fallo «Mendoza, provincia de c/ Estado Nacional s/ acción de inconstitucionalidad» del 26 de marzo de 2009, por el cual la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó la demanda interpuesta por la provincia cuyana requiriendo se proclamara la inconstitucionalidad de la Ley N° 25.688.
Su presentación culminó con una propuesta de reglamentación de la norma señalada, especialmente de los artículos 4°, 6° y 7°, los que se refieren a la creación de los comités de cuenca, la definición del concepto de impacto ambiental significativo y de qué organismos deberán coordinar o constituirse como autoridad de aplicación de la ley.
Más tarde, siguió el trabajo de taller, durante el cual todos los presentes –la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación, las autoridades máximas de los organismos hídricos de las provincias de La Pampa, Santa Fe y Corrientes y miembros del Consejo Hídrico Federal- debatieron acerca de los puntos más controvertidos que presenta el texto legal vigente, buscando un consenso como base para el desarrollo posterior de un proyecto de reglamentación de la ley de régimen de gestión de aguas.
Finalmente, se concluyó la jornada con una serie de propuestas aportadas por todos los presentes que serán pulidas en su redacción, para ser llevadas a la próxima Asamblea del Consejo Hídrico Federal a desarrollarse en el mes de mayo en la ciudad de Paraná, Entre Ríos, en la cual se pondrá a consideración de las distintas jurisdicciones participantes.